Misión Política

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Distrito Federal, Mexico
JESÚS MICHEL NARVÁEZ, periodista profesional. Ha trabajado en El Universal, El Universal Gráfico; dirigió El Periódico de México y durante 25 años ha prestado sus servicios en El Sol de México y la Organización Editorial Mexicana. Es director general de MISIÓN POLÍTICA y ha formado parte, como asesor externo, de los diputados Arturo Nuñez Jimínez y Emilio Chuayffet Chemor, cuando fungieron como coordinadores del Grupo Parlamentario del PRI.

lunes, 27 de septiembre de 2010

¿Y dónde dice que es Jefe Supremo?

Por Jesús Michel Narváez

Cuando el Presidente de la República asume el cargo, al mismo tiempo se convierte en Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas.
- Aunque el artículo 89, entre las facultades y obligaciones del presidente, señala en sus incisos:
VI. Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente o sea del ejército, de la armada y de la fuerza aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la federación.
(Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 05 de abril de 2004)
VII. Previene la fracción IV del artículo 76;
(Modificado por la reimpresión de la constitución, publicada en el diario oficial de la federación el 6 de octubre de 1986)
VIII. Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión;
(Modificado por la reimpresión de la Constitución, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 1986)
Es decir, constitucionalmente el Presidente está facultado para disponer de todas las fuerzas militares, aéreas y marítimas del país… y también de la inexistente Guardia Nacional.
Aunque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no es específica en ninguno de sus artículos de que el Presidente de la República es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, se entiende que la fracción VI le otorga esa característica y por consecuencia deberá asumirse que así es.
Más allá de discusiones que podrían ser bizantinas, lo fundamental es que el Presidente utiliza su cargo de Comandante Supremo en situaciones que, al parecer, no corresponden.
El fin de semana pasado acudió a Veracruz, por segunda vez en la semana. Y durante su recorrido lució la gorra de campaña que utilizan los militares… con las cinco estrellas.
¿De qué trataba?
¿De mostrar quién tiene el poder?
No sé a ciencia cierta cuándo el Presidente de la República puede o debe utilizar el uniforme militar o parte de éste.
Nada bien se observa que el Presidente se sienta, en realidad, militar. Representa, lo que hemos sostenido, el riesgo que significa romper o cruzar la delgada línea de la  democracia y la dictadura.
¿Estaremos equivocados?
Deseamos que sí.

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